DAC – Breve Historia – Presente y Futuro.

D.A.C., Directores Argentinos Cinematográficos, Asociación General de Directores Autores Cinematográficos y Audiovisuales fue fundada el 23 de julio de 1958 como entidad Gremial, Mutual y Cultural, participando a lo largo de su historia en innumerables acciones que transformaron la realidad profesional de los directores como la Ley de Cine y la incorporación en la Ley de Propiedad Intelectual del reconocimiento del Director de cine como autor de la obra cinematográfica.

Gracias a la Ley de Cine, sancionada en 1994, el INCAA recibe fondos destinados al fomento de la industria del cine y por la incorporación del Director como Autor en la ley de Propiedad intelectual – la gran lucha de DAC por mas de 60 años- el Director es titular y beneficiario de una remuneración equitativa por la difusión de su obra.

DAC – Una Histórica transformación

La Sociedad de Gestión Colectiva de los Derechos de Autor de los Directores

La transformación en Sociedad de Gestión Colectiva para lograr la administración, recaudación y distribución de los derechos de autor de los directores ha sido un capítulo aparte en la historia de nuestra entidad. En los últimos años un arduo, intenso y colectivo trabajo fue llevado a cabo para cumplir con los objetivos fijados y que puede resumirse en los principales logros:

2006, NUEVO ESTATUTO

Lograda en el 2003 la inclusión del director como Autor de la Obra Cinematográfica DAC, con la activa y total participación de sus asociados, reforma su Estatuto Social agregando al objeto del mismo la Gestión Colectiva de Recaudación y Distribución de los Derechos de Autor del Director.

2007, RECONOCIMIENTO INTERNACIONAL

La Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores -CISAC- reconoce los avances y logros de DAC, aceptándola como miembro provisional de esa importantísima entidad que reúne y norma a todas las Sociedades de Gestión Colectiva de Derechos de Autor del mundo.

2008, REPRESENTACIÓN RECIPROCA INTERNACIONAL

DAC firma Acuerdos de Representación Recíproca con entidades homólogas de otros países, entre ellos España, Francia, Suiza y Polonia, para representar a sus directores en la República Argentina y a su vez percibir los derechos devengados por directores argentinos en aquellos territorios.

2009, DECRETO PRESIDENCIAL

El 19 de febrero en la Quinta de Olivos, ante toda la comunidad cinematográfica local y directores invitados de todo el mundo, la Presidenta de la Nación firma el Decreto 124/09 en el que reconoce a DAC como única entidad representativa para la Recaudación y Distribución de los Derechos de Autor de los Directores Cinematográficos y de Obras Audiovisuales nacionales y extranjeras en todo el territorio nacional.

2010, RESOLUCIÓN TARIFARIA

En el mes de marzo y como fruto de otro año de intenso trabajo en conjunto con la Secretaría de Medios de la Nación, el Boletín Oficial publica la Resolución 61/10 poniendo en vigencia los Cuadros Tarifarios que obligan a usuarios y exhibidores de Obras Audiovisuales a abonar derechos de autor a sus directores.

2011, DAC COMIENZA A RECAUDAR Y DISTRIBUIR DERECHOS

El derecho del Director se enmarca ahora en las prescripciones del Convenio de Berna y como consecuencia de lo dispuesto en su artículo 11 bis y la restricción del artículo 21 de la ley 11.723 se establece el Régimen de Licencia Obligatoria mediante el Decreto 124/2009 (B.O. 24/02/09) y la Resolución Arancelaria 61/2010 Jefatura Gabinete de Ministros (B.O. 11.03.2010), sin embargo la finalidad de DAC es intentar el establecimiento de tarifas por via de las negociaciones con las Camara representativas de los distintos sectores de usuarios.

Televisión por Cable

El 14 de Julio de 2011 ATVC, la Asociación Argentina de Televisión por Cable que agrupa a más de 700 operadores de la República Argentina, acuerda el primer convenio marco y firma con DAC una bonificación para la regularización, cumplimiento y efectivo pago de derechos de autor para los directores audiovisuales por sus Obras representadas que se exhiban a través del Sistema de Televisión por Cable.

El 6 de marzo de 2013 se firma un acuerdo transaccional con DIRECTV ARGENTINA acordándose el pago retroactivo 2009/2012 de los derechos de autor correspondientes a los Directores representados por DAC siendo homologado por el Juzgado Nacional interviniente. Se acuerda también el arancel aplicable para el año en curso asi como el incremento definitivo del 2014 en adelante.

En octubre y diciembre de 2013 ATVC y DAC acuerdan dejar sin efecto parcialmente el convenio marco para establecer el arancel definitivo 2014 en adelante y pese a los esfuerzos de ambas partes durante este ultimo año ( 2014) no pudo alcanzarse este acuerdo definitivo pagando provisoriamente un arancel con las bonificaciones que DAC establecio por su Comision Directiva.

Exhibición en Salas Cinematográficas

En septiembre de 2011 DAC firma un acuerdo de pago con CAEM, Cámara que representa a las principales cadenas de cines Hoyts General Cinemas, Village Cinemas y Cinemark Cines, quienes inmediatamente reconocen el derecho que DAC administra e inician los pagos de derechos de autor de los directores por la exhibición de sus películas en salas de cine de todo el territorio nacional.

Desde aquella fecha hasta fines del 2014 se han adherido al pago alguna cadena de cine que no esta en CAEM asi como cines independientes, encontrándonos en mediaciones prejudiciales con varios cines y en la expectativa de generar un acuerdo marco también con el grupo de cines independientes.

Televisión por Aire

A mediados del 2012 se logra firmar un acuerdo marco con Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas -A.T.A- estableciéndose de mutuo acuerdo aranceles hasta el 2018 lo que dio origen a una serie de acuerdos individuales con cada Teledifusora Asociada durante todo el 2012 y principio del 2013.

Usuarios Generales ( aparatos de TV en Hoteles, Bares y lugares públicos)

La aplicación de este arancel dio origen a una serie de enfrentamientos ya que es un rubro de difícil recaudación, sin embargo DAC opto por invitar a la Federación Empresaria Hotelera y Gastronómica de la Republica Argentina para buscar juntos un arancel que contemple las distintas situaciones del amplio territorio de la Republica Argentina y el establecimiento de bonificaciones para Hoteles, Bares y Restaurantes que adhieran y cumplan regularmente el pago como un premio frente a aquellos que resulten renuentes o reticentes al pago.

También en el mismo sentido logramos un acuerdo con la Asociación de Hoteles de Turismo – AHT- que representa a la mayoría de los Hoteles 5 Estrellas del país, así como acuerdos con asociaciones y cámaras regionales empresariales del rubro hoteles y cabañas del país.

DAC – La esperada distribución.

Habiéndose preparado técnica y admistrativamente durante más de dos años para la tarea, y en tiempo record a nivel mundial, la entidad en el mes de diciembre efectúa la primera Pre-liquidación de Derechos de Autor de los directores con Obras debidamente declaradas, a más de 50 directores titulares. El citado logro, conseguido a través de más de 60 años de lucha y trabajo, fue festejado con gran emoción por nuestros asociados en la Asamblea General Ordinaria celebrada a finales de 2011.

Estos pagos se mantienen regularmente hasta la fecha, conforme a las disposiciones estatutarias, incorporándose los nuevos rubros de recaudación conquistados y modernizando la distribución de conformidad a la implementación de novedosos métodos para identificar las obras utilizadas.

DAC – Asiste a la Cumbre Mundial del Derecho de Autor.

DAC participa por primera vez en la Cumbre Mundial del Derecho de Autor celebrada en Bruselas - Bélgica, evento organizado por la CISAC, donde anuncia su histórico logro a las sociedades hermanas del mundo. Su activa participación logra que DAC sea designada organizadora anfitriona del Congreso Internacional de Creadores Literarios y Audiovisuales de la CISAC, a realizarse en 2012 en la ciudad de Buenos Aires.

2012, Nuevos Convenios de pago y un crecimiento que no se detiene.

DAC firma un convenio de pago con FEGHRA -Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina-. Esta entidad agrupa a más de 50.000 establecimientos gastronómicos y hoteleros de todo el país, nucleados en 63 filiales. Son 10.000 alojamientos turísticos en sus diversas modalidades y 40.000 restaurantes, bares, cafés y confiterías. En el Acuerdo se establece el cuadro tarifario que deben abonar las distintas categorías de empresas hoteleras y gastronómicas, por la exhibición de obras audiovisuales en los televisores que se utilizan para amenizar o entretener en sus establecimientos.

DAC – En el mundo. - Más reconocimiento Internacional.

DAC fue elegida como sociedad anfitriona y por primera vez con sede en la República Argentina se celebra en el mes de abril el Consejo Internacional de Autores Dramáticos, Literarios y Audiovisuales -CIADLV- organizado por la CISAC. Participan de este encuentro anual, creadores de sociedades de gestión del derecho de autor de Argentina, Australia, Bélgica, Brasil, Chile, Colombia, España, Francia, Hungría, Inglaterra, Italia, Perú, Polonia, Uruguay y Suiza entre otros.

DAC, miembro pleno de la CISAC

El pasado mes de mayo, en su Asamblea General celebrada en Dublín – Irlanda, la CISAC -Confederación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores- con sede en París (entidad integrada por 232 sociedades de autores y compositores de 121 países), en reconocimiento a los avances logrados en materia legislativa, de recaudación y distribución de derechos, promueve a DAC a la categoría de “Miembro Pleno” de esta prestigiosa Confederación.

DAC – Presente y Futuro

Nuestra entidad cuenta hoy con instalaciones, para las actividades que lleva a cabo, desarrolladas funcionalmente en más de 500 metros cuadrados. En estas oficinas dotadas con la más moderna tecnología, trabaja hoy una Planta Permanente de 16 profesionales legales, contables y de administración, puestos a la atención y servicio de la Recaudación y Distribución de Derechos de los Directores Cinematográficos y Audiovisuales.

Para conocer más sobre DAC comunícate con nosotros de Lunes a Viernes de 10 a 18 hs al 0800-3456-DAC (322) (líneas rotativas, sólo para Argentina). Internacional +54-11-5274-1030.

COMPRENDER LA GESTIÓN COLECTIVA – Principios básicos REGISTRO Y DOCUMENTACIÓN DE OBRAS AUDIOVISUALES

Tan pronto como un autor ha terminado una Obra, se activa un proceso que tiene por finalidad asegurar la aplicación de sus derechos. El proceso se llama gestión colectiva y lo realizan las Sociedades de Gestión Colectiva. Este proceso finaliza cuando el autor recibe los beneficios de su creación y se compone de las siguientes etapas:

REGISTRO Y DOCUMENTACIÓN DE OBRAS AUDIOVISUALES

Una Obra está protegida por la Ley de Derecho de Autor desde el momento mismo de su creación. Ésta sólo necesita ser tangible. Sin embargo, las sociedades de autor animan a los autores a registrar todas las Obras que crean, ya que esto les permite el ejercicio eficaz de sus derechos. Las condiciones de Registro de Obras varían de una sociedad a otra.

La información básica requerida para proteger los derechos de la propiedad intelectual de manera eficaz, son los datos sobre el autor y sus obras. Esta documentación permite a las sociedades de gestión colectiva llevar a cabo su tarea.

Por ejemplo, la única forma de que las sociedades de autor puedan ocuparse de la distribución de derechos es en base a una sólida documentación. Esta debe tener archivos exhaustivos de sus miembros por un lado y del repertorio concerniente por otro.

DAC pone a disposición de los autores directores un avanzado Sistema de Declaración de Obras denominado DACSIS 01, por el cual el autor, desde la tranquilidad de su ordenador, avanza la comunicación de la autoría de sus Obras a la entidad. A partir de allí DAC constata los datos enviados, abre la Cuenta Bancaria del director y lo cita para firmar la Declaración de Obra.

Bajo esta documentación obligatoria, las Obras declaradas pasan al Departamento de Documentación donde se les da de alta en nuestro Sistema Informático como Repertorio Administrado, a los efectos de determinar cuando estas Obras han sido emitidas por los usuarios.

Si la Obra ha sido exhibida se procede a comunicarla al Departamento de Liquidaciones para efectuar su pago al titular del derecho.

Si tus obras no están debidamente registradas en DAC no es posible efectuar ninguna liquidación de derechos.

Si perteneces y eres representado por otra sociedad de derechos de autor audiovisual del extranjero (Ej: SGAE o DAMA de España – SACD de Francia, etc.), no puedes registrar ni cobrar tus derechos en DAC, sino a través de la sociedad con la que mantienes contrato de representación y a quien ya has declarado tus obras. Ver también Recaudación y Distribución Internacional.

Si deseas registrar tus obras On Line puedes hacerlo siguiendo el link REGISTRA TUS OBRAS que se encuentra en la portada de nuestro sitio web: www.dac.org.ar

Para conocer más sobre DAC comunícate con nosotros de Lunes a Viernes de 10 a 18 hs al 0800-3456-DAC (322) (líneas rotativas, sólo para Argentina). Internacional +54-11-5274-1030.

RECAUDACIÓN NACIONAL

La Recaudación de los Derechos es una facultad y un deber de DAC que, en principio, deseamos cumplir cuidando que las relaciones con los usuarios del repertorio sea amistosa es por ello que hemos iniciado las demandas judiciales únicamente como ultimo recurso demostrando nuestra voluntad en los hechos habiendo suscripto acuerdos de alcance nacional de pago con las cámaras representativas de cada sector de usuarios como ATVC, la Asociación Argentina de Televisión por Cable , DIRECTV ARGENTINA , CAEM, Cámara que representa a las principales cadenas de cines Hoyts General Cinemas, Village Cinemas y Cinemark; Asociación de Teleradiodifusoras Argentinas -A.T.A-; y con FEHGRA –Establecimientos Hoteleros y Gastronómicos de la Republica Argentina- entre otros.

Para conocer más sobre DAC comunícate con nosotros de Lunes a Viernes de 10 a 18 hs al 0800-3456-DAC (322) (líneas rotativas, sólo para Argentina). Internacional +54-11-5274-1030.

DISTRIBUCIÓN – Principios generales

Una vez que los derechos han sido recaudados, la sociedad es responsable de la justa distribución de los importes correspondientes a los autores o derechohabientes individuales de tal modo que todos reciban la parte que les corresponde.

Para esta enorme tarea DAC ha creado, como todas las sociedades hermanas, departamentos de distribución dotados de una gran tecnología de la información a los efectos de poder determinar cuándo una Obra es exhibida y quien es su, o sus autores, para efectuar la correspondiente liquidación de derechos que conforme a las disposiciones vigentes de nuestra entidad se efectúa cada seis meses.

Normalmente todas las sociedades del mundo deducen honorarios para cubrir los gastos administrativos que la gestión colectiva de recaudación conlleva. De acuerdo con las normas de la CISAC, los gastos administrativos no deben sobrepasar un 30%. Los gastos administrativos fijados por la Asamblea General de DAC se establecen en el 28 %, en los cuales se incluye un 6,5% destinado a Acción Social.

DISTRIBUCIÓN – Ponderación de señales y Sistema de Puntaje

A fines del año 2011 se logra regularizar las Salas de Cine y las empresas de “Servicios de televisión por Cable” que comprende aquellas empresas encargadas de distribuir a sus abonados distintas señales nacionales o extranjeras portadoras de programas y obras audiovisuales a sus suscriptores que pagan un abono, comprendiendo este rubro tanto el que procede a distribuir por cable (Ej. Cablevisión) como aquellas que lo hacen sin cable (Ej. Directv)

Inmediatamente de percibidos estos derechos comienza la distribución mediante la liquidación del rubro Cine, y la pre-liquidación del rubro Televisión por Cable.

Es dable advertir que no todas las empresas de Cable se encuentran regularizadas. Tal es el caso de Supercanal y Directv Argentina. Esta última ya se encuentra en instancia judicial.

Para la pre-liquidación de Cable se utiliza el sistema de VALOR MINUTO, teniendo en consideración la duración artística de la Obra Audiovisual y todas sus repeticiones.

El Valor Minuto es el mismo para todas las Obras que se encuentren en las mismas condiciones, a las que luego se les aplicará un correctivo teniendo en consideración su audiencia, lo que sucederá una vez finalizada la etapa de pre- liquidación.

(Ejemplo: Si una Obra se emite con una audiencia de 1000 abonados, su reparto no es igual a otra que se emite por otro con 10.000 abonados).

A cada Obra audiovisual le es asignado un multiplicador o Valor Punto que se aplica sobre el Valor Minuto que corresponde a la naturaleza de la Obra.

Las liquidaciones se realizan mediante un Sistema Informático que toma todos los títulos emitidos por todas las señales que distribuyen las empresas de TV por Cable.

DAC contrató con una empresa el suministro mensual de esta Base de Datos. Se trata de la misma empresa que le provee Datos a Argentores, entre otros.

Advertidos de la existencia de un posible margen de error entre la información de grilla de programación y lo realmente emitido, DAC se encuentra en la actualidad realizando Auditorías, consistentes en grabar emisiones de todos los programas en calidad de muestreo, los que serán luego analizados por una decena de nuestros propios directores asociados, efectuando así una pericia, señal por señal. Esta tarea se efectuará una vez cada seis meses, con el objeto de mantener la información continuamente actualizada.

El total de minutos ponderados (según su audiencia y categoría) es dividido por el arancel neto percibido de la empresa de televisión por Cable y asignado a cada Obra según su duración y repeticiones.

¿QUÉ ES UNA PRELIQUIDACIÓN?

El Sistema de Pre-liquidación es transitorio y su finalidad es evitar demorar los pagos en tanto se termina de ajustar la liquidación y la aplicación final del Sistema de Reparto.

Este Sistema de Pre-liquidación se adopta en atención al cobro retroactivo al año 2009 que DAC comenzó a recaudar hace apenas algunos meses y a que, procesar toda la información con precisión requiere en esta etapa una labor que llevará un tiempo razonable. Creemos que los directores bregaron por más de 60 años en pos del reconocimiento de este derecho y no podemos pedirles que esperen más.

Así nace la “Pre-liquidación” para no demorar a los directores el cobro de sus derechos de autor, mientras se finaliza, se ajusta y se perfecciona el Sistema de Reparto definitivo, el que una vez terminado será aplicado sobre la “Pre- liquidación”, para corregir las diferencias en más o en menos, dejando establecido que cualquier diferencia en más será compensada con emisiones futuras sin que el Director deba reintegrar suma alguna.

¿CÓMO SON LOS SISTEMAS DE LIQUIDACIÓN DEFINITIVA?

Sistema de Calificaciones

Sistema que consiste en valorizar, dentro del Proceso de Distribución, ciertas Obras en virtud de la importancia relativa que tienen entre ellas mismas, DAC aplica dos sistemas de valoración a saber:

a) En función del origen del Arancel: Para usuarios que pagan porcentaje de publicidad en Televisión la distribución tiene relación con el valor de la publicidad según la franja horaria de emisión de la Obra.

b) En función de la labor del Director: En las Obras Audiovisuales se distinguen las Obras Cinematográficas estrenadas en cines de las Obras creadas exclusivamente para Televisión.

Esta ponderación profesional se basa en que un Director cinematográfico suele crear a lo largo de su vida profesional un promedio total de 1.000 minutos de Obra (Ej: 10 películas para cine con duración aproximada de 100 minutos cada una), en tanto que el mismo Director puede crear casi idéntica cantidad de minutos en solo un mes (Ej: Tira diaria o Telenovela de 48 minutos x 20 capítulos realizados y exhibidos al mes, igual a 960 minutos de Obra televisiva).

En efecto una película destinada a cines lleva una labor de su director solo en el set de filmación y sin contar la posproducción, de 6 a 8 semanas promedio, en los que filma aproximadamente a razón de 3 minutos de Obra final por día, en tanto el mismo director puede producir 48 minutos de Obra final por día para el caso de una tira diaria.

Sistema “Pro rata temporis”

Sistema que consiste en que el importe total de recaudación no se divide de acuerdo con el número de Obras difundidas sino a prorrata de la duración relativa de cada una dentro del tiempo total de comunicación.

Cuanta más sea la duración artística de la Obra mayor es el reparto que le corresponde a su Director y se consideran todas las repeticiones sin diferencias entre primera emisión y repetición. (Ejemplo: Una Telenovela que se emite por Canal Volver 3 veces por día, en tres horarios diferentes siendo el mismo capítulo, se considera la duración de las 3 emisiones)

Sistema de Sondeo “Sondage survey amostragem”

Para liquidar los derechos de autor del Director se tienen en cuenta la información de los programas confeccionados por los propios difusores y empresas contratadas por DAC, cuya labor es cargar la programación de los canales.

Sin perjuicio, se puede detectar la existencia de programas de entretenimiento que, si bien a simple vista no están comprendidos dentro del concepto de Obra Audiovisual asimilable a la Obra Cinematográfica y por lógica no son consideradas para el reparto, puede ocurrir que en dichos programas se emitan fracciones de Obras Audiovisuales o se compongan de Sketches, Docudramas o similares que deben participar del reparto.

Este es, entre otros motivos, por el que se implementa el Sistema de Sondeo asignando de la programación de algún canal de televisión.

Sistema de Presunciones

El Sistema de Presunciones se aplica como excepción, como información sustitutiva para usuarios de los que resulta difícil o imposible obtener información de las obras difundidas (Ejemplo: el televisor dentro de una habitación del Hotel).

Este Sistema consiste en concentrar el procesamiento de los datos en cierto tipo de información suficientemente completo, confiable y controlable. Así se asignará lo recaudado por televisores en hoteles de conformidad a los datos obtenidos de los rubros de televisión abierta y televisión por cable.

Para conocer más sobre DAC comunícate con nosotros de Lunes a Viernes de 10 a 18 hs al 0800-3456-DAC (322) (líneas rotativas, sólo para Argentina). Internacional +54-11-5274-1030.

RECAUDACIÓN Y DISTRIBUCIÓN INTERNACIONAL

DAC, en tanto miembro pleno de CISAC, posee Convenios de Asistencia Recíproca Internacional para la recaudación de los derechos devengados por las Obras de sus autores en territorios de países como España (SGAE Y DAMA), Francia (SACD), Alemania (BILDKUNST), Polonia (ZAPA), encontrándose muy avanzadas las tratativas para firmar Convenios con Italia (SIAE), Reino Unido (UK DIRECTORS), entre otros varios países que reconocen y recaudan el derecho de autor de los directores.

De tal forma DAC recauda y distribuye internacionalmente derechos de autores audiovisuales a todos aquellos países con los que entra en convenio a través de sus sociedades de autores, quienes a su vez liquidan estos derechos a sus directores representados.